2026/05/08 by Raquel Poquet Catalá · 1 voice
Social Sciences · #Employment, Labor, and Gender Studies #Labor Law and Work Dynamics #Minority Rights and Languages
paper · pdf · doi:10.46661/lexsocial.13417
openalex publication_date 2026/05/08 · openalex created_date 2026/05/13 · openalex updated_date 2026/05/21
En este trabajo se lleva a cabo un análisis del régimen jurídico del registro sobre la persona trabajadora, su taquilla o sus efectos personales, analizando con detalle el art. 18 ET, que establece cuáles son los requisitos que deben cumplirse para que pueda llevarse a cabo, así como los límites y derechos fundamentales que se deben respetar. Se trata de un precepto estatutario de considerable relevancia no solo desde el punto de vista empresarial, como facultad que tiene la empresa para registrar este espacio reservado e íntimo de la persona trabajadora, sino también desde el punto de vista de la persona trabajadora, especialmente, por su marcada protección por el respeto a los derechos fundamentales a la intimidad y dignidad. Al entrar en colisión estos derechos fundamentales con el poder de control de la empresa en la relación laboral surge una importante zona de colisión, para lo cual es importante delimitar claramente su régimen jurídico en base a toda la interpretación judicial y doctrinal habida al respecto.